Dictamen N° 42410/2013
N° 42.410 Fecha: 03-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Prosecretario de la Cámara de Diputados adjuntando la solicitud del diputado don Ricardo Rincón González, para que se investigue e informe acerca de la eventual participación de funcionarios públicos pertenecientes al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; Desarrollo Social y del Trabajo y Previsión Social, en el Consejo General Extraordinario del partido Unión Demócrata Independiente (UDI), que se llevó a efecto el pasado lunes 29 de abril, entre las 14 y las 18 horas. Además, solicita que se fiscalicen las bitácoras de los vehículos fiscales de las mencionadas Secretarías de Estado que habrían sido utilizados para tales fines. Por su parte, la senadora señora Ximena Rincón realiza igual requerimiento respecto de los gobernadores de las provincias de Cauquenes y de Curicó, don Guillermo García González y doña Isabel Garcés Ureta, respectivamente, sus choferes, y de don Luis Osorio Beltrán, periodista de la Secretaría Regional Ministerial del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Con respecto a la primera de las presentaciones, esta Entidad de Control solicitó informe a las Carteras Ministeriales antes aludidas, a través de los oficios N°s. 32.681, 32.683 y 32.685, todos de 20 de mayo de 2013, respecto de los cuales se accedió a la petición de prórroga de plazo solicitada por dichas Secretarías de Estado, recibiéndose las respuestas del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, así como del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, a través de los oficios N°s. 184 y 4.809, ambos de 2013, respectivamente. Junto a lo anterior, este Organismo Fiscalizador se constituyó en dependencias de los Ministerios en referencia a fin de realizar indagaciones que dieran cuenta de las actuaciones relacionadas con la materia a investigar. Pues bien, en su informe la Ministra del Trabajo y Previsión Social, señora Evelyn Matthei Fornet expone que el 29 de abril de 2013 asistió entre las 15:30 y 17:50 horas, aproximadamente, a la sede de la UDI, fuera de su jornada laboral y sin utilización de recursos institucionales, ya que habría hecho uso de medio día de permiso administrativo con goce de remuneraciones correspondiente a la jornada de la tarde de ese día, junto con haberse dirigido a esa reunión política en un automóvil particular. Lo anterior, fue corroborado con la presentación de la resolución exenta N° 228, de 7 de mayo de 2013, de la Subsecretaría del Trabajo, mediante la cual se autorizó el referido permiso y por la revisión de la bitácora de los vehículos fiscales asignados a esa Cartera de Estado, la que no registraba como lugar de llegada ni destino, la dirección del evento en análisis. Del mismo modo, el actual Ministro de Economía, Fomento y Turismo informa que la asistencia a la referida actividad por parte de Pablo Longueira Montes, ex Ministro del ramo, se habría realizado fuera de su jornada laboral, después de las 18:00 horas, en un automóvil particular, sin hacer uso del vehículo fiscal asignado a sus labores ni utilizando recursos estatales para tal efecto. Respecto de igual ex personero se pudo verificar del examen de la bitácora del automóvil fiscal asignado a la época de los hechos denunciados que solo fue utilizado hasta las 13:40 horas del 29 de abril de 2013. Luego, esta Entidad Fiscalizadora tuvo acceso a una copia de la solicitud del entonces Ministro de Desarrollo Social don Joaquín Lavín Infante de un permiso de medio día administrativo, en la tarde del 29 de abril pasado y de la resolución exenta N° 164, de 18 de junio de 2013, de la Subsecretaría de Evaluación Social que autorizó tal petición. Por su parte, de la bitácora del vehículo fiscal que tenía asignado el señor Lavín Infante y de las declaraciones tomadas a distintos funcionarios de esa Secretaría de Estado, se pudo constatar que ese ex Ministro fue trasladado a la calle Lyon, en la comuna de Providencia a las 16:30 horas, en donde procedió a descender para luego reunirse con su chofer en un punto de encuentro cercano a ese lugar aproximadamente a las 19:00 horas, a fin de que fuera conducido a la sede de Gobierno. Ahora bien, este Organismo Fiscalizador constató que el Gobernador de la Provincia de Cauquenes y su conductor solicitaron medio día de permiso administrativo el 29 de abril del presente año, según da cuenta también el registro de asistencia de ambos servidores. Asimismo se comprobó que los vehículos de esa entidad estatal no registraban salidas que pudieran asociarse a una actividad fuera de la región y que no se pagaron viáticos por concepto de comisiones de servicio. Enseguida, de las indagaciones realizadas en la Gobernación Provincial de Curicó y en la Intendencia del Maule no pudo determinarse la situación de la gobernadora provincial, doña Isabel Garcés Ureta, ya que no figura como ingresada en la Intendencia la solicitud de permiso administrativo por el día 29 de abril que ella señala haber realizado y por no contar con un registro de asistencia asociado a su persona. Sin perjuicio de lo anterior, cabe precisar que en dicha Gobernación no se apreció el uso de sus vehículos ni salidas de sus conductores, tampoco se constató el pago de viáticos a los funcionarios antes indicados. Finalmente, en lo concerniente al funcionario don Luis Osorio Beltrán se comprobó que este hizo uso de medio día de permiso administrativo en la tarde del 29 de abril, sin que se haya verificado el uso de vehículos fiscales ni el pago de viáticos al respecto. En torno a las presentaciones realizadas, es preciso indicar que el artículo 8° de la Constitución Política de la República, en concordancia con el artículo 52 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ordena que en el ejercicio de las funciones públicas se debe dar estricto cumplimiento al principio de probidad. Por su parte, el artículo 62 de la aludida ley N° 18.575, preceptúa, en lo que interesa, que contravienen especialmente a la probidad administrativa el “Emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros” y “Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales”. Ahora bien el artículo 19 del texto legal en comento, en armonía a lo ordenado por el artículo 27 de la ley N° 19.884, sobre Transparencia, Límite y control del Gasto Electoral, ordena que el personal del Administración del Estado está impedido de realizar cualquier actividad política dentro de la Administración. Así, y tal como ha sido sostenido, entre otros, en los dictámenes N°s. 48.097, de 2009; 15.000 y 71.900, ambos de 2012 , y 21.764, de 2013, quienes desempeñen una función pública, como lo son los ministros y gobernadores, se encuentran en el imperativo de respetar el principio de juridicidad, probidad administrativa y apoliticidad. Lo anterior, sin perjuicio de que iguales autoridades, en su calidad de ciudadanos, estén habilitados para ejercer los derechos políticos consagrados en el artículo 13 de la Carta Fundamental, pudiendo emitir libremente sus opiniones en materias políticas e intervenir en actividades de esa naturaleza, siempre que las desarrolle al margen del desempeño de su empleo, fuera de la jornada de trabajo y con recursos propios. En tal contexto normativo y jurisprudencial, y de los antecedentes tenidos a la vista, es posible concluir que no se aprecia vulneración de los principios antes descritos respecto del actuar de la Ministra del Trabajo y Previsión Social, del ex Ministro de Economía, Fomento y Turismo, así como del Gobernador Provincial de Cauquenes y su conductor. Por su parte, conforme a los antecedentes recopilados, el entonces Ministro de Desarrollo Social en la tarde del 29 de abril de 2013, se encontraba gozando de un permiso administrativo, no obstante lo cual usó el vehículo fiscal que le estaba asignado, en circunstancia que ello no resultaba procedente, lo que deberá ser objeto de una investigación sumaria. Asimismo, en cuanto al permiso administrativo que la Gobernadora Provincial de Curicó señala haber solicitado, no consta su aprobación por parte de la Intendencia del Maule, lo cual también será investigado por esta Entidad Fiscalizadora. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República