Dictamen N° 43445/2012
N° 43.445 Fecha: 19-VII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Federico René Rahmer Lara, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de su proceso de calificación correspondiente al año 2011, que le significó quedar incluido en Lista N° 3, Regular. Requerido su informe, la mencionada repartición ha manifestado, en síntesis, que la incorporación en dicha nómina se ajustaría a la normativa que regula la materia. Sobre el particular, y respecto a que sería improcedente que en su evaluación se hubiese considerado la sanción de amonestación simple que se le aplicó, pues, en su opinión, en el respectivo procedimiento disciplinario no se habría efectuado una correcta ponderación de los hechos investigados, corresponde señalar, conforme con el criterio de los dictámenes N os 23.935, de 2010 y 16.825, de 2011, de esta Entidad de Control, que el proceso calificatorio no es la instancia pertinente para impugnar un proceso sumarial que se encuentra afinado. Enseguida, en cuanto a la disconformidad con la valoración otorgada a su desempeño laboral, se debe indicar que la facultad de este Organismo Fiscalizador para revisar los aludidos procesos calificatorios, se refiere a la posible existencia de arbitrariedades o vicios de legalidad que pudieran presentarse en sus diferentes etapas y no sobre las apreciaciones técnicas, idoneidad funcionaria o eficiencia en el trabajo de un determinado servidor, tal como se informó en los dictámenes N os 68.950, de 2009 y 33.358, de 2011, entre otros, de este origen. Finalmente, en relación con el hecho de no haberse ponderado sus constancias positivas, es menester anotar, según se ha precisado en los dictámenes N os 21.974, de 2010 y 33.094, de 2011, de este origen, que tales datos revisten un carácter informativo y conforman sólo parte de los distintos antecedentes que deben considerar los órganos evaluadores al ejercer su cometido y que no limitan sus facultades para apreciar el comportamiento laboral, por lo que un empleado puede ser incluido en una lista regular, aun cuando posea anotaciones destacadas en su historial. En consecuencia, cabe concluir que la calificación del señor Federico René Rahmer Lara se ajusta a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República